Al contenedor marrón irán, entre otros, desechos orgánicos como restos de comida en general, como pieles y restos de frutas y verduras, restos de carne, de pescados y mariscos, de pastas y arroces, cascaras de huevos, posos de café y té, pan, pequeños residuos de jardín, así como servilletas o tapones de corcho y palillos mondadientes.
Prevista para comienzos de 2020 y relegada por la pandemia del COVID-19 al último trimestre del año, el contenedor marrón llega a las calles de Lorca para valorizar, reciclar, los residuos biodegradables, los biorresiduos. En sus inicios, se ha diseñado una experiencia piloto con los contenedores soterrados de la Avenida Juan Carlos I, donde se concentra la mayor densidad demográfica de Lorca.
Para ello, se instaura el denominado quinto contenedor (se suma a los de fracción resto, envases ligeros, cartón y vidrio) que tiene por color identificativo el marrón. Se trata de un spin off, una parte desagregada, del contenedor gris, que seguirá siendo destino de la materia no valorizable. De forma que de una bolsa de basura generaremos dos. Diversos estudios calculan que aproximadamente el 40% de la bolsa de basura doméstica (sin envases ligeros, cartón, ni vidrio) es biorresiduo.
La misión del contenedor marrón es el reciclaje de materia orgánica que dé como resultado del proceso la elaboración de compost, esto es los residuos biodegradables y los desechos orgánicos. Se trata de los restos de comida en general, como pieles y restos de frutas y verduras, restos de carne, de pescados y mariscos, de pastas y arroces, cascaras de huevos, posos de café y té, pan, pequeños residuos de jardín (hojarasca, hierbas, flores y plantas), así como servilletas y papel de cocina usado (manchado de alimento, no en la limpieza del hogar) o tapones de corcho y palillos mondadientes.
Y la del contenedor gris será la de albergar el resto de material no reciclable, tal como cristales y porcelana de la vajilla, pañales y otros enseres menores y residuos que irían directos a vertido, de realizar correctamente y de forma completa la separación en origen de todos los residuos que generamos en el hogar.
A nivel normativo, la Directiva (UE) 2018/851 del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de mayo de 2018 por la que se modifica la Directiva 2008/98/CE sobre los residuos establece que con el fin de cumplir los objetivos y de avanzar hacia una economía circular europea con un alto nivel de eficiencia de los recursos, los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para garantizar que se logran los objetivos fijados en la misma.
Tanto la Disposición transitoria segunda de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados (art. 5) de correspondencia a las Entidades Locales, como la Disposición final quinta del Anteproyecto de Ley de Residuos y suelos Contaminados, establece: «Las Entidades Locales aprobarán las ordenanzas previstas en el artículo 12.5. de esta Ley en el plazo de 2 años desde la entrada en vigor de esta Ley. En ausencia de las mismas se aplicarán las normas que aprueben las Comunidades Autónomas».
Así que comunidades autónomas y entidades locales deben haber implantado la recogida separada de biorresiduos antes de enero de 2024. Para municipios de más de 5.000 habitantes, antes de 31 de diciembre de 2021. Lorca se ha planteado una hoja de ruta que pasaría por esta implantación parcial del casco urbano en octubre de 2020, la ampliación paulatina al resto de la ciudad entre 2021 y 2022; y durante el ejercicio siguiente, si no antes, instalar los contenedores marrones en pedanías.
De esa manera, Lorca pretende cumplir con el calendario de implantación del quinto contenedor y avanzar en los objetivos de reciclaje, de los que actualmente nos encontramos muy lejos en cifras de kilos por habitante y año a pesar de que en envases ligeros 2020 promedia una subida del 20% respecto al año anterior. El Anteproyecto de Ley fija objetivos más ambiciosos de preparación para la reutilización y reciclado de residuos municipales: en 2025, el 55% respecto de los residuos municipales generados; en 2030, el 60%, y en 2035, el 65%. Y regula la eliminación de los residuos, que deberá llevarse a cabo de manera segura; y en el caso del vaciado a vertedero siempre tras haber sido sometidos a un tratamiento previo.